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Normativa Montevideo

Artículo D.2236.1

Volumen VII Obras · Volumen VII Obras

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos352
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen VII Obras, art. D.2236.1

Obras / Legislativa / De las remociones en la vía pública / De las reconstrucciones de pavimentos y cordones y señalización

Articulo D.2236.1

La responsabilidad por el incumplimiento de los requisitos que se exigen en este Título III de la Parte Legislativa y Título II de la Parte Reglamentaria, recaerá: a) en los casos de obras realizadas por particulares a cualquier título o contratados por organismos públicos, sobre los particulares. b) En los casos de obras realizadas por administración por los Entes, sobre los Entes. c) En los casos de obras realizadas por administración por Servicios y Unidades Ejecutoras de la Intendencia sobre los mismos Servicios. Ello sin perjuicio de lo dispuesto por los artículos D. 2219 y D. 2225.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:59260
ReferenciaVolumen VII Obras
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A59260