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Normativa Montevideo

Artículo D.2236.4

Volumen VII Obras · Volumen VII Obras

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos352
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen VII Obras, art. D.2236.4

Obras / Legislativa / De las remociones en la vía pública / De las reconstrucciones de pavimentos y cordones y señalización

Articulo D.2236.4

La presencia de un corte de pavimento implica automáticamente la prohibición total de estacionar dentro de los tres metros a cada lado del mismo. Los Entes o Empresas Privadas que estén realizando obras que determinen la aplicación de esta disposición, deberán colocar carteles con indicaciones alusivas a la misma.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:59260
ReferenciaVolumen VII Obras
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A59260