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Normativa Montevideo
Artículo D.2237.1
Volumen VII Obras · Volumen VII Obras
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos352
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen VII Obras, art. D.2237.1
Articulo D.2237.1
En los casos en que el personal de una empresa en obra no pueda exhibir copia del permiso correspondiente otorgado por la Intendencia, se aplicará una multa de 1 U.R. (una Unidad Reajustable) por cada día en que se constate la irregularidad.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:59260
ReferenciaVolumen VII Obras
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A59260