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Normativa Montevideo

Artículo D.2241.14.6

Volumen VII Obras · Volumen VII Obras

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos352
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen VII Obras, art. D.2241.14.6

Obras / Legislativa / De las remociones en la vía pública / De las cunetas y alcantarillas

Articulo D.2241.14.6

Especificación técnica preceptiva para entubamientos mayores a cinco metros de longitud. Si se ha de entubar una longitud de cuneta superior a los cinco metros, deberán construirse entradas para el agua pluvial espaciadas no más de cinco metros, consistentes en cámaras de sección horizontal no menor a 60 cm. por 60 cm., con tapas permeables (perforadas o de rejas), debiendo adoptarse las medidas necesarias para asegurar el escurrimiento de las aguas pluviales hacia esas entradas.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:59260
ReferenciaVolumen VII Obras
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A59260