Volver a Normativa Montevideo
Normativa Montevideo
Artículo R.899
Volumen VII Obras · Volumen VII Obras
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos352
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen VII Obras, art. R.899
Articulo R.899
Definición de Vereda: Vereda es el área pavimentada de las aceras de acuerdo a lo preceptuado por el artículo D. 2179.1 .
Definición de Vereda: Vereda es el área pavimentada de las aceras de acuerdo a lo preceptuado por el artículo D. 2179.1.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:59260
ReferenciaVolumen VII Obras
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A59260