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Normativa Montevideo
Artículo R.899.2
Volumen VII Obras · Volumen VII Obras
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos352
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen VII Obras, art. R.899.2
Articulo R.899.2
Definición de vereda inapropiada: Cuando la vereda no reúna las características mencionadas en el artículo precedente (definición de vereda en buen estado), a criterio de la Intendencia de Montevideo se considerará que la misma es inapropiada.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:59260
ReferenciaVolumen VII Obras
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A59260