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Normativa Montevideo

Artículo R.904

Volumen VII Obras · Volumen VII Obras

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos352
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen VII Obras, art. R.904

Obras / Reglamentaria / De las veredas / De las disposiciones especiales para la construcción de las veredas en las vías de tránsito y en las zonas que se indiquen

Articulo R.904

En la avenida Dr. Juan Carlos Blanco la construcción de aceras se ajustará a las siguientes características: a) Se construirá una faja embaldosada de tres metros (3m00) de ancho, a partir de las alineaciones de las propiedades. b) Frente a la entrada de las propiedades se construirá entre el cordón y la faja embaldosada, sendas de enlace de un metro cincuenta centímetros (1m50) de ancho para acceso de peatones y de dos metros cuarenta centímetros (2m40) para vehículos. c) Los bordes libres de la parte embaldosada se protegerán con cordonetas de hormigón. d) En las zonas no embaldosadas se construirá un balastado de color rojo de diez centímetros (0m10) de espesor.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:59260
ReferenciaVolumen VII Obras
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A59260