Volver a Normativa Montevideo
Normativa Montevideo
Artículo R.906
Volumen VII Obras · Volumen VII Obras
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos352
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen VII Obras, art. R.906
Articulo R.906
Las veredas que se construyen en la calle Buenos Aires en el tramo comprendido entre la calle Juan Carlos Gómez y la plaza Independencia, en la intersección de la calle Buenos Aires con la calle Juan Carlos Gómez y en el espacio libre ubicado en la intersección de la calle Buenos Aires con la calle Bartolomé Mitre, serán pavimentadas en todo su ancho con losas de granito labrado y deberán cumplir con las demás condiciones establecidas para la zona. Los niveles definitivos para estas veredas serán determinados especialmente por el Servicio de Estudios y Proyectos.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:59260
ReferenciaVolumen VII Obras
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A59260