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Normativa Montevideo
Artículo R.929
Volumen VII Obras · Volumen VII Obras
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos352
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen VII Obras, art. R.929
Articulo R.929
En la avenida Dr. Francisco Soca, en el tramo comprendido entre las calles Rivera y Capitán Videla, la ejecución de las veredas se ajustará a las siguientes condiciones: a) Se construirán dos fajas embaldosadas, de dos metros (2m00) de ancho cada una y ubicadas, una junto a la línea del frente y otra junto al cordón. b) Se construirán sendas embaldosadas de un metro (1m00) de ancho para el acceso de peatones y de dos metros cuarenta centímetros (2m40) para la entrada de vehículos. c) Los bordes libres deberán ser protegidos con cordoneta de hormigón. d) La superficie no embaldosada se recubrirá con una capa de balasto rojo de diez centímetros (0m10) de espesor.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:59260
ReferenciaVolumen VII Obras
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A59260