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Normativa Montevideo
Artículo R.930.21
Volumen VII Obras · Volumen VII Obras
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos352
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen VII Obras, art. R.930.21
Articulo R.930.21
En todas las reposiciones a efectuar deberá colocarse una malla de acero común de 3 (tres) kilogramos por metro cuadrado o una malla electrosoldada de acero especial de 1,4 (uno con cuatro décimas) de kilogramo por metro cuadrado, en las condiciones que se establecen en el Art. 2-58 del PGCCPH.- Las armaduras existentes de los pavimentos de hormigón reforzado serán cortadas dejando 20 (veinte) centímetros hacia el interior de la unidad a reparar, en las cuales se superpondrá y atará la nueva malla.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:59260
ReferenciaVolumen VII Obras
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A59260