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Normativa Montevideo
Artículo R.930.24
Volumen VII Obras · Volumen VII Obras
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos352
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen VII Obras, art. R.930.24
Articulo R.930.24
Plazo de curado y habilitación de los pavimentos. Estos pavimentos, deberán tener una habilitación rápida al tránsito, para lo cual, el plazo de curado será de 3 (tres) días, debiendo tener como mínimo una resistencia a la compresión de 150 (ciento cincuenta) kilogramos por centímetro cuadrado, a los 3 (tres) días. La habilitación de estos pavimentos se realizará a los 3 (tres) días de colocado el hormigón, salvo expresa indicación contraria de la U.C.C.R.I.U. A los 7 (siete) días deberá tener como mínimo una resistencia a la compresión de 275 (doscientos setenta y cinco) kilogramos por centímetro cuadrado.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:59260
ReferenciaVolumen VII Obras
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A59260