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Normativa Montevideo

Artículo R.930.25

Volumen VII Obras · Volumen VII Obras

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos352
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen VII Obras, art. R.930.25

Obras / Reglamentaria / De las remociones en la vía pública / Especificaciones constructivas para la ejecución de remociones y reposiciones de cortes en pavimentos. / Especificaciones Constructivas

Articulo R.930.25

Cordones de hormigón. Los cordones de hormigón que se reconstruyan tendrán las características indicadas en los planos, ajustándose de ser necesario, a las dimensiones de los cordones ya existentes. Los hierros longitudinales deberán empalmarse en un largo de 50 (cincuenta) centímetros, como mínimo, con las barras del cordón existente. El llenado de hormigón de los cordones deberá efectuarse simultáneamente con el hormigón del pavimento.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:59260
ReferenciaVolumen VII Obras
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A59260