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Normativa Montevideo

Artículo R.930.29

Volumen VII Obras · Volumen VII Obras

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos352
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen VII Obras, art. R.930.29

Obras / Reglamentaria / De las remociones en la vía pública / Especificaciones constructivas para la ejecución de remociones y reposiciones de cortes en pavimentos. / Recepción y Conservación

Articulo R.930.29

Material granular para subrasante y cementado. Al comienzo de los trabajos y toda vez que la U.C.C.R.I.U. lo solicite, se entregará a la Facultad de Ingeniería, o al laboratorio que la U.C.C.R.I.U. apruebe, una muestra suficiente para verificar el cumplimiento de las condiciones exigidas. En la obra se determinará tanto para el material de subrasante como para el cementado de sub-base, la cantidad de ensayos de densidad en sitio que la U.C.C.R.I.U. estime necesario. El método para determinar la densidad máxima, a exigir en obra, será el indicado en la norma AASHTO T-180 (Proctor modificado), exigiéndose el método D o el A, según que el material tenga o no, una fracción retenida en el tamiz de 6,7 mm (UNIT 6720).
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:59260
ReferenciaVolumen VII Obras
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A59260