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Normativa Montevideo

Artículo R.930.31

Volumen VII Obras · Volumen VII Obras

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos352
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen VII Obras, art. R.930.31

Obras / Reglamentaria / De las remociones en la vía pública / Especificaciones constructivas para la ejecución de remociones y reposiciones de cortes en pavimentos. / Recepción y Conservación

Articulo R.930.31

Base de hormigón. El Art. 3-62 y concordantes, del Pliego General de Condiciones para la Construcción de Pavimentos de Hormigón, no será de aplicación, estableciéndose en su caso que: 1) Se prepararán, como mínimo, 4 (cuatro) probetas cilíndricas de hormigón de acuerdo a la norma UNIT 25-48, por cada día de trabajo. Las probetas se prepararán en obra, por lo que la empresa deberá disponer de 12 (doce) moldes, como mínimo, y el equipo complementario necesario según la norma. Tres días después de su elaboración, las probetas serán trasladadas al Laboratorio que apruebe la U.C.C.R.I.U. donde quedarán depositadas hasta el momento de ser ensayadas, o en su defecto, ser trasladadas al Instituto de Ensayo de Materiales de la Facultad de Ingeniería para ser ensayadas. 2) De las 4 (cuatro) probetas correspondientes a cada día de trabajo, se ensayarán 2 (dos) a los 7 (siete) días y 2 (dos) a los 28 (veintiocho) días a los efectos de verificar la carga específica de rotura. 3) Si el valor promedio de las probetas ensayadas a los siete días y de las probetas ensayadas a los veintiocho días fueran superiores a los respectivos de recibo, se recibirá la totalidad de las bases de hormigón correspondientes a ese día de trabajo. Si uno o ambos promedios fueran inferiores a los de recibo, las bases de ese día serán rechazadas y deberán ser reconstruidas.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:59260
ReferenciaVolumen VII Obras
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A59260