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Normativa Montevideo
Artículo R.930.33
Volumen VII Obras · Volumen VII Obras
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos352
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen VII Obras, art. R.930.33
Articulo R.930.33
Pavimento de carpeta asfáltica. Se determinará la altura y densidad en sitio por medio de la extracción de los testigos correspondientes por parte del Contratista, en presencia del delegado de la U.C.C.R.I.U., que serán debidamente identificados de modo de poder individualizar su ubicación. Se indicará fecha y hora de tendido de la mezcla.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:59260
ReferenciaVolumen VII Obras
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A59260