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Normativa Montevideo

Artículo R.930.8

Volumen VII Obras · Volumen VII Obras

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos352
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen VII Obras, art. R.930.8

Obras / Reglamentaria / De las remociones en la vía pública / Especificaciones constructivas para la ejecución de remociones y reposiciones de cortes en pavimentos. / Especificaciones Constructivas

Articulo R.930.8

Material granular. El material granular a utilizar deberá cumplir las siguientes especificaciones: 1) Tamaño máximo del material 19mm. 2) El porcentaje de material pasando el tamiz AASHTO Nº 200 será inferior al 15%. 3) La fracción que pasa el tamiz AASHTO Nº 40 deberá tener límite líquido menor de 25 e índice plástico no mayor de 6. 4) Deberá tener un C.B.R. mínimo de 60% (sesenta por ciento) determinado al 95% (noventa y cinco por ciento) del valor máximo obtenido para la densidad en el ensayo AASHTO T-180 (Proctor modificado) efectuado en el laboratorio, exigiéndose el método D o el A, según que el material tenga o no, una fracción retenida en el tamiz de 6,7 mm (UNIT 6720).
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:59260
ReferenciaVolumen VII Obras
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A59260