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Normativa Montevideo
Artículo R.931
Volumen VII Obras · Volumen VII Obras
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos352
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen VII Obras, art. R.931
Articulo R.931
La tarifa de pavimentos,veredas o cordones de todos los tipos a que se refiere el artículo D.2235.1 así como los rebajes de cordón y/o reposición de los mismos, se regirán por los precios más bajos obtenidos en la última licitación realizada, actualizados cuando sea necesario.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:59260
ReferenciaVolumen VII Obras
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A59260