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Normativa Montevideo
Artículo R.932
Volumen VII Obras · Volumen VII Obras
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos352
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen VII Obras, art. R.932
Articulo R.932
A los precios obtenidos en la forma establecida en los artículos anteriores, se les adicionará un veinte por ciento (20%) por concepto de gastos de inspección y administración.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:59260
ReferenciaVolumen VII Obras
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A59260