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Normativa Montevideo

Artículo R.933

Volumen VII Obras · Volumen VII Obras

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos352
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen VII Obras, art. R.933

Obras / Reglamentaria / De las remociones en la vía pública / De las tarifas de las reposiciones

Articulo R.933

Se autorizará la realización de rebajes de cordón a las empresas constructoras habilitadas a trabajar en el Departamento de Montevideo,a cuyo cargo esté la respectiva obra, bajo contralor del Servicio de Mantenimiento Vial, debiendo abonarse en este caso por concepto de supervisión y vigilancia el treinta por ciento de la tarifa básica.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:59260
ReferenciaVolumen VII Obras
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A59260