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Normativa Montevideo

Artículo R.934.18

Volumen VII Obras · Volumen VII Obras

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos352
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen VII Obras, art. R.934.18

Obras / Reglamentaria / De las remociones en la vía pública / De la señalización de obras en la vía pública / Elementos de protección en las calzadas

Articulo R.934.18

En todas las obras que se realicen en la vía pública se aplicarán las Normas UNIT 1114:2007, 1115:2007 y 1125:2007 de Señalización Vial, con las adecuaciones, complementos y modificaciones, de acuerdo a los siguientes artículos. En caso de diferencias con las citadas Normas, priman las disposiciones establecidas en este Capítulo.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:59260
ReferenciaVolumen VII Obras
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A59260