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Normativa Montevideo
Artículo R.934.18
Volumen VII Obras · Volumen VII Obras
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos352
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen VII Obras, art. R.934.18
Articulo R.934.18
En todas las obras que se realicen en la vía pública se aplicarán las Normas UNIT 1114:2007, 1115:2007 y 1125:2007 de Señalización Vial, con las adecuaciones, complementos y modificaciones, de acuerdo a los siguientes artículos. En caso de diferencias con las citadas Normas, priman las disposiciones establecidas en este Capítulo.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:59260
ReferenciaVolumen VII Obras
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A59260