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Normativa Montevideo
Artículo R.934.3
Volumen VII Obras · Volumen VII Obras
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos352
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen VII Obras, art. R.934.3
Articulo R.934.3
Créase una Comisión que actuará como Órgano Asesor en materia de inscripción y sanciones, la que estará integrada por los Directores de los Servicios de Mantenimiento Vial, Construcciones Viales, Estudios y Proyectos Viales, Estudios y Proyectos de Saneamiento, Conservación de Saneamiento y Obras de Saneamiento. Dicha Comisión sesionará con un mínimo de tres miembros.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:59260
ReferenciaVolumen VII Obras
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A59260