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Normativa Montevideo
Artículo R.934.8
Volumen VII Obras · Volumen VII Obras
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos352
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen VII Obras, art. R.934.8
Articulo R.934.8
La Empresa inscripta tiene las siguientes obligaciones: a) Constituir domicilio legal dentro del Departamento de Montevideo. b) Comunicar al Registro lo establecido en el Art. R.934.7 . c) Comunicar al Registro las sanciones aplicadas por los Organismos Públicos. d) Suministrar al Registro toda la información que se le solicite.
La Empresa inscripta tiene las siguientes obligaciones:
a) Constituir domicilio legal dentro del Departamento de Montevideo.
b) Comunicar al Registro lo establecido en el Art. R.934.7.
c) Comunicar al Registro las sanciones aplicadas por los Organismos Públicos.
d) Suministrar al Registro toda la información que se le solicite.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:59260
ReferenciaVolumen VII Obras
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A59260