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Normativa Montevideo

Artículo R.939

Volumen VII Obras · Volumen VII Obras

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos352
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen VII Obras, art. R.939

Obras / Reglamentaria / De las centrales de hormigón y de preparación de materiales para la ejecución de obras

Articulo R.939

Vigencia del permiso. El permiso de instalación de la central tendrá carácter precario y revocable. El término y vigencia del permiso será el de ejecución de las obras según contrato. En caso de disponerse ampliación del mismo será prorrogada la vigencia del permiso en el plazo previsto para el cumplimiento de dicha ampliación. Si el contratista no cumple con algunas de las disposiciones establecidas en este Título el Director de las Obras del Contrato lo intimará por escrito a disponer lo necesario para ajustarse al mismo en un plazo no mayor de diez días. Si vencido ese plazo el contratista no acatara la orden intimada, caducará automáticamente, el permiso, debiendo aquél retirar la central en el término de diez días perentorios y dejar el predio en las condiciones previstas en los artículos R.943 y R.944 .
Notas
Vigencia del permiso. El permiso de instalación de la central tendrá carácter precario y revocable. El término y vigencia del permiso será el de ejecución de las obras según contrato. En caso de disponerse ampliación del mismo será prorrogada la vigencia del permiso en el plazo previsto para el cumplimiento de dicha ampliación. Si el contratista no cumple con algunas de las disposiciones establecidas en este Título el Director de las Obras del Contrato lo intimará por escrito a disponer lo necesario para ajustarse al mismo en un plazo no mayor de diez días. Si vencido ese plazo el contratista no acatara la orden intimada, caducará automáticamente, el permiso, debiendo aquél retirar la central en el término de diez días perentorios y dejar el predio en las condiciones previstas en los artículos R.943 y R.944.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:59260
ReferenciaVolumen VII Obras
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A59260