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Normativa Montevideo
Artículo R.944
Volumen VII Obras · Volumen VII Obras
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos352
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen VII Obras, art. R.944
Articulo R.944
Limpieza del predio. Sin perjuicio del cumplimiento por parte del Contratista de las obligaciones a que se refieren los artículos D.1900 y D.1901 durante el término del permiso y funcionamiento de la planta, el predio donde se emplace la Central deberá quedar a la finalización de los trabajos perfectamente limpio, exento de restos de hormigón sobrantes o materiales de cualquier índole.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:59260
ReferenciaVolumen VII Obras
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A59260