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Normativa Montevideo
Artículo D.560
Volumen V Tránsito y Transporte · Volumen V Tránsito y Transporte
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos1741
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen V Tránsito y Transporte, art. D.560
Articulo D.560
Requisitos. Los interesados en la inscripción de cualquier vehículo, se presentarán personalmente a la División Tránsito y Transporte y llenarán un formulario de acuerdo a las prescripciones que se establezcan en la Reglamentación.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:65068
ReferenciaVolumen V Tránsito y Transporte
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A65068