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Normativa Montevideo

Artículo D.580.1

Volumen V Tránsito y Transporte · Volumen V Tránsito y Transporte

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos1741
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen V Tránsito y Transporte, art. D.580.1

Tránsito y Transporte / Del tránsito público / Legislativa / De la fiscalización administrativa sobre conductores y vehículos / De los vehículos / De las placas de matrícula

Articulo D.580.1

Entrega transitoria de matrículas y baja de vehículos del Registro . El sujeto pasivo del tributo de Patente de Rodados podrá, respecto a cualquier tipo de vehículo, proceder a la entrega transitoria de las matrículas, así como solicitar su baja, independientemente de la existencia de adeudos por multas de tránsito y/o patente de rodados. Simultáneamente deberá suscribir un documento de reconocimiento de adeudos si correspondiere.
Notas
Entrega transitoria de matrículas y baja de vehículos del Registro. El sujeto pasivo del tributo de Patente de Rodados podrá, respecto a cualquier tipo de vehículo, proceder a la entrega transitoria de las matrículas, así como solicitar su baja, independientemente de la existencia de adeudos por multas de tránsito y/o patente de rodados. Simultáneamente deberá suscribir un documento de reconocimiento de adeudos si correspondiere.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:65068
ReferenciaVolumen V Tránsito y Transporte
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A65068