Volver a Normativa Montevideo
Normativa Montevideo
Artículo D.666
Volumen V Tránsito y Transporte · Volumen V Tránsito y Transporte
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos1741
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen V Tránsito y Transporte, art. D.666
Articulo D.666
Equipamiento. Todo vehículo automotor debe estar equipado en su parte delantera, con faros principales, de luces altas y bajas, así como de luces de posición.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:65068
ReferenciaVolumen V Tránsito y Transporte
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A65068