Volver a Normativa Montevideo
Normativa Montevideo
Artículo D.684
Volumen V Tránsito y Transporte · Volumen V Tránsito y Transporte
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos1741
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen V Tránsito y Transporte, art. D.684
Articulo D.684
Prohibiciones. Está prohibida la instalación en la vía pública, o en los predios particulares, de todo tipo de cartel, señal o símbolo no autorizado y que pueda ser una imitación o guarde parecido con los de tránsito, o que oculte u obstruya elementos reguladores del tránsito. La autoridad publica podrá retirarlos, sin perjuicio de las sanciones que correspondan.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:65068
ReferenciaVolumen V Tránsito y Transporte
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A65068