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Normativa Montevideo

Artículo D.721

Volumen V Tránsito y Transporte · Volumen V Tránsito y Transporte

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos1741
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen V Tránsito y Transporte, art. D.721

Tránsito y Transporte / Del tránsito público / Legislativa / De la función represiva / De las sanciones

Articulo D.721

La sanción a lo previsto en el artículo D.648 . K) se impondrá a los propietarios de establecimientos (talleres mecánicos, garages).
Notas
La sanción a lo previsto en el artículo D.648. K) se impondrá a los propietarios de establecimientos (talleres mecánicos, garages).
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:65068
ReferenciaVolumen V Tránsito y Transporte
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A65068