Volver a Normativa Montevideo
Normativa Montevideo
Artículo D.721
Volumen V Tránsito y Transporte · Volumen V Tránsito y Transporte
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos1741
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen V Tránsito y Transporte, art. D.721
Articulo D.721
La sanción a lo previsto en el artículo D.648 . K) se impondrá a los propietarios de establecimientos (talleres mecánicos, garages).
La sanción a lo previsto en el artículo D.648. K) se impondrá a los propietarios de establecimientos (talleres mecánicos, garages).
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:65068
ReferenciaVolumen V Tránsito y Transporte
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A65068