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Normativa Montevideo

Artículo D.739

Volumen V Tránsito y Transporte · Volumen V Tránsito y Transporte

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos1741
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen V Tránsito y Transporte, art. D.739

Tránsito y Transporte / Del tránsito público / Legislativa / De la aplicación y reglamentación

Articulo D.739

Transitorio. Mientras no se efectúen las publicaciones a que se refiere el artículo D. 738 , conservará su vigencia la Ordenanza General de Tránsito ( Decreto Nº 15.684 y modificativos) y reglamentaciones respectivas.
Notas
Transitorio. Mientras no se efectúen las publicaciones a que se refiere el artículo D. 738, conservará su vigencia la Ordenanza General de Tránsito (Decreto Nº 15.684 y modificativos) y reglamentaciones respectivas.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:65068
ReferenciaVolumen V Tránsito y Transporte
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A65068