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Normativa Montevideo
Artículo D.742
Volumen V Tránsito y Transporte · Volumen V Tránsito y Transporte
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos1741
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen V Tránsito y Transporte, art. D.742
Articulo D.742
Los permisos serán adjudicados por la Intendencia de Montevideo, tendrán carácter precario y revocable o se otorgarán en concesión por la misma, por el régimen de licitación pública en las condiciones que se consideren más convenientes.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:65068
ReferenciaVolumen V Tránsito y Transporte
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A65068