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Normativa Montevideo
Artículo D.766
Volumen V Tránsito y Transporte · Volumen V Tránsito y Transporte
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos1741
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen V Tránsito y Transporte, art. D.766
Articulo D.766
Los recorridos de los coches estarán sujetos a planillas, que se llevarán en los mismos, en las que figuren los horarios a respetarse en sus distintos tramos y puntos significativos. Dichos horarios podrán variar a lo largo del día, dentro de la semana y para distintas épocas del año.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:65068
ReferenciaVolumen V Tránsito y Transporte
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A65068