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Normativa Montevideo
Artículo D.768.24
Volumen V Tránsito y Transporte · Volumen V Tránsito y Transporte
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos1741
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen V Tránsito y Transporte, art. D.768.24
Articulo D.768.24
Las empresas permisarias deberán establecer un plan permanente de renovación de la flota de autobuses, de modo que en un proceso gradual se prohíba la circulación de unidades de más de 16 años. La Intendencia reglamentará al respecto.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:65068
ReferenciaVolumen V Tránsito y Transporte
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A65068