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Normativa Montevideo
Artículo D.768.25
Volumen V Tránsito y Transporte · Volumen V Tránsito y Transporte
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos1741
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen V Tránsito y Transporte, art. D.768.25
Articulo D.768.25
Se procederá diariamente a la limpieza y revisión de los coches, los que deberán presentar el servicio en perfectas condiciones de higiene y buen funcionamiento. Sin perjuicio de ello la División Tránsito y Transporte o el Servicio de Salubridad Pública podrán disponer en cualquier momento la limpieza y/o desinfección de las unidades siendo de cargo del permisario los gastos en que por dichas acciones incurra la Intendencia de Montevideo.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:65068
ReferenciaVolumen V Tránsito y Transporte
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A65068