Volver a Normativa Montevideo

Normativa Montevideo

Artículo D.768.25

Volumen V Tránsito y Transporte · Volumen V Tránsito y Transporte

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos1741
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen V Tránsito y Transporte, art. D.768.25

Tránsito y Transporte / Del transporte / Legislativa / De los servicios públicos de transporte colectivo de pasajeros / Del transporte urbano de pasajeros / Régimen general / De los vehículos

Articulo D.768.25

Se procederá diariamente a la limpieza y revisión de los coches, los que deberán presentar el servicio en perfectas condiciones de higiene y buen funcionamiento. Sin perjuicio de ello la División Tránsito y Transporte o el Servicio de Salubridad Pública podrán disponer en cualquier momento la limpieza y/o desinfección de las unidades siendo de cargo del permisario los gastos en que por dichas acciones incurra la Intendencia de Montevideo.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:65068
ReferenciaVolumen V Tránsito y Transporte
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A65068