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Normativa Montevideo
Artículo D.825.1
Volumen V Tránsito y Transporte · Volumen V Tránsito y Transporte
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos1741
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen V Tránsito y Transporte, art. D.825.1
Articulo D.825.1
En los automóviles con taxímetros se permitirá el ascenso de perros guía que acompañen a personas con discapacidad visual para su desplazamiento y mascotas de compañía de personas, en aquellos vehículos habilitados a tales efectos, siempre que cumplan con los requisitos que se reglamentarán.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:65068
ReferenciaVolumen V Tránsito y Transporte
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A65068