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Normativa Montevideo

Artículo D.832.1

Volumen V Tránsito y Transporte · Volumen V Tránsito y Transporte

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos1741
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen V Tránsito y Transporte, art. D.832.1

Tránsito y Transporte / Del transporte / Legislativa / De los servicios privados de interés público / Del transporte de personas / De los automóviles con taxímetros

Articulo D.832.1

Los permisarios de los servicios de transporte de interés público podrán solicitar una autorización genérica para transferir dichos permisos, con carácter previo al trámite de cambio de titularidad de los mismos. Dicha autorización será concedida por la Intendencia de Montevideo a través de la División Tránsito y Transporte y tendrá una validez de 5 (cinco) meses a partir de su notificación. Por la referida autorización se abonará una tasa de 7 U.R previamente a la iniciación del trámite.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:65068
ReferenciaVolumen V Tránsito y Transporte
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A65068