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Normativa Montevideo
Artículo D.836
Volumen V Tránsito y Transporte · Volumen V Tránsito y Transporte
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos1741
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen V Tránsito y Transporte, art. D.836
Articulo D.836
Cometidos de la Comisión Tripartita Honoraria: a) redactar su reglamento de funcionamiento y someterlo a consideración y aprobación del Intendente de Montevideo; b) contar con un Registro de Paradas y Telefonistas de las mismas, el que llevará el Servicio de Transporte de la División Tránsito y Transporte; c) recibir los comprobantes de que los trabajadores se encuentran al día en las aportaciones al Banco de Previsión Social; d) gestionar ante la División Tránsito y Transporte la creación, supresión o modificación de paradas; e) controlar que el permisario de la parada cumpla con la normativa vigente en la materia, sugiriendo en caso de incumplimiento la aplicación de las sanciones correspondientes; f) procurar los asesoramientos que sean necesarios para su mejor funcionamiento y g) presentar anualmente, ante la División Tránsito y Transporte, un informe de lo actuado en cuanto al funcionamiento y gestión del sistema.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:65068
ReferenciaVolumen V Tránsito y Transporte
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A65068