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Normativa Montevideo
Artículo D.837
Volumen V Tránsito y Transporte · Volumen V Tránsito y Transporte
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos1741
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen V Tránsito y Transporte, art. D.837
Articulo D.837
De las características estructurales y de la propaganda en las paradas. La Intendencia de Montevideo, en el marco de sus acciones tendientes a revitalizar la ciudad y mejorar sus servicios, autorizará la remodelación de los actuales locales de paradas de automóviles con taxímetro y los que se construyan en el futuro, así como el acondicionamiento del espacio circundante, según los requisitos que exija la reglamentación. Asimismo, se autorizará a los adjudicatarios de las mismas a explotar su beneficio la publicidad gráfica que se exponga en los locales a instalar, cuya área y dimensiones generales estarán determinadas por la reglamentación.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:65068
ReferenciaVolumen V Tránsito y Transporte
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A65068