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Normativa Montevideo

Artículo D.840.1

Volumen V Tránsito y Transporte · Volumen V Tránsito y Transporte

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos1741
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen V Tránsito y Transporte, art. D.840.1

Tránsito y Transporte / Del transporte / Legislativa / De los servicios privados de interés público / Del transporte de personas / De los automóviles para taxímetros accesibles

Articulo D.840.1

Taxi Accesible. Definición. Taxi accesible es aquel vehículo definido como apto por la Intendencia de Montevideo para el traslado de personas en situación de discapacidad con dependencia de silla de ruedas que se encuentren afectados a un permiso de taxi.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:65068
ReferenciaVolumen V Tránsito y Transporte
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A65068