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Normativa Montevideo
Artículo D.860.9
Volumen V Tránsito y Transporte · Volumen V Tránsito y Transporte
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos1741
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen V Tránsito y Transporte, art. D.860.9
Articulo D.860.9
DE LAS CATEGORIAS. Los vehículos afectados al servicio se clasificarán en: TIPO A: Ambulancias de Emergencia y Traslados especializados. Se entiende por tales aquellas que trasladan pacientes graves o estables, no hospitalizados, que no se auto-conducen para su hospitalización, para estudios o tratamientos especializados. Se considera “grave” al paciente que tiene comprometida su vida, por lo que es necesario el apoyo médico para su traslado. TIPO B: Ambulancias de avanzada para enfermos que no se auto-conducen. Se entienden por tales aquellas que trasladan pacientes no graves que no precisan apoyo médico para mantener la vida. TIPO C: Ambulancias para el transporte de pacientes.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:65068
ReferenciaVolumen V Tránsito y Transporte
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A65068