Volver a Normativa Montevideo

Normativa Montevideo

Artículo D.866.2

Volumen V Tránsito y Transporte · Volumen V Tránsito y Transporte

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos1741
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen V Tránsito y Transporte, art. D.866.2

Tránsito y Transporte / Del transporte / Legislativa / De los servicios privados de interés público / Del transporte de cosas / De los servicios de entrega (deliverys)

Articulo D.866.2

Del Registro Único. Créase un Registro Único de Servicios de Entrega que dependerá del Departamento de Movilidad. En el Registro deberán, obligatoriamente, inscribirse las empresas que utilizan tales servicios, así como los vehículos asignados a la tarea y los conductores que realizan los mismos.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:65068
ReferenciaVolumen V Tránsito y Transporte
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A65068