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Normativa Montevideo
Artículo D.866.2
Volumen V Tránsito y Transporte · Volumen V Tránsito y Transporte
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos1741
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen V Tránsito y Transporte, art. D.866.2
Articulo D.866.2
Del Registro Único. Créase un Registro Único de Servicios de Entrega que dependerá del Departamento de Movilidad. En el Registro deberán, obligatoriamente, inscribirse las empresas que utilizan tales servicios, así como los vehículos asignados a la tarea y los conductores que realizan los mismos.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:65068
ReferenciaVolumen V Tránsito y Transporte
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A65068