Volver a Normativa Montevideo
Normativa Montevideo
Artículo D.867
Volumen V Tránsito y Transporte · Volumen V Tránsito y Transporte
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos1741
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen V Tránsito y Transporte, art. D.867
Articulo D.867
Los vehículos que se encuentren depositados en los terrenos de la Intendencia, por haber sido retirados de la vía pública por la División Tránsito y Transporte, al haberse configurado la causal de "abandono" serán vendidos en pública subasta, cuando no fueren reclamados por su propietarios, dentro del término que se fijare en el emplazamiento que hará la Intendencia.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:65068
ReferenciaVolumen V Tránsito y Transporte
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A65068