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Normativa Montevideo
Artículo R.424.101
Volumen V Tránsito y Transporte · Volumen V Tránsito y Transporte
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos1741
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen V Tránsito y Transporte, art. R.424.101
Articulo R.424.101
La preferencia de paso indicada en el artículo D.623 , para intersecciones con problemas particulares, será determinada por resolución fundada por la División Tránsito y Transporte. Sin perjuicio de lo indicado en el inciso precedente, aquellos cruces que al entrar en vigencia esta Reglamentación posean señales en base al símbolo de "PARE", éste seguirá indicando la preferencia correspondiente hasta su remoción por la División Tránsito y Transporte, si hubiese motivo para ello.
La preferencia de paso indicada en el artículo D.623, para intersecciones con problemas particulares, será determinada por resolución fundada por la División Tránsito y Transporte. Sin perjuicio de lo indicado en el inciso precedente, aquellos cruces que al entrar en vigencia esta Reglamentación posean señales en base al símbolo de "PARE", éste seguirá indicando la preferencia correspondiente hasta su remoción por la División Tránsito y Transporte, si hubiese motivo para ello.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:65068
ReferenciaVolumen V Tránsito y Transporte
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A65068