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Normativa Montevideo
Artículo R.424.102
Volumen V Tránsito y Transporte · Volumen V Tránsito y Transporte
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos1741
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen V Tránsito y Transporte, art. R.424.102
Articulo R.424.102
Se establece que en todos los cruces señalizados con semáforos, cuando éstos estén apagados, y dos vehículos se aproximen al cruce al mismo tiempo, tiene preferencia aquel que se acerque por la derecha. Se entiende, a los efectos de este artículo que los semáforos apagados se refiere a todos los artefactos del cruce, ya sea por estar fuera del horario de funcionamiento o porque se dejaron de servicio por otras razones.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:65068
ReferenciaVolumen V Tránsito y Transporte
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A65068