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Normativa Montevideo
Artículo R.424.107
Volumen V Tránsito y Transporte · Volumen V Tránsito y Transporte
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos1741
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen V Tránsito y Transporte, art. R.424.107
Articulo R.424.107
El Departamento de Movilidad, a propuesta de la División Tránsito establecerá los días y horarios de estacionamiento tarifado rotativo. Se exceptúan del sistema los feriados no laborables, los días 6 de enero, lunes y martes de Carnaval, jueves y viernes de Semana de Turismo y los días considerados feriados por corrimiento de los días 19 de abril, 18 de mayo, 19 de junio y 12 de octubre y aquellos días que se establezcan por resolución del Departamento de Movilidad, a propuesta de la División Tránsito.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:65068
ReferenciaVolumen V Tránsito y Transporte
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A65068