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Normativa Montevideo
Artículo R.424.108.5.6
Volumen V Tránsito y Transporte · Volumen V Tránsito y Transporte
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos1741
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen V Tránsito y Transporte, art. R.424.108.5.6
Articulo R.424.108.5.6
El abono de residentes tendrá un costo mensual equivalente a 0,15 UR (quince centavos de Unidad Reajustable) el cual se abonará mensualmente en los locales de la red de cobranzas, mediante factura que llegará al domicilio solicitado. Al momento del pago de la factura el sistema verificará que el vehículo se encuentre al día con la patente de rodados. En caso contrario no podrá hacerse efectivo el pago del abono.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:65068
ReferenciaVolumen V Tránsito y Transporte
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A65068