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Normativa Montevideo

Artículo R.424.108.8

Volumen V Tránsito y Transporte · Volumen V Tránsito y Transporte

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos1741
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen V Tránsito y Transporte, art. R.424.108.8

Tránsito y Transporte / Del tránsito público / Reglamentaria / De las limitaciones y prohibiciones de estacionar / De las limitaciones del tiempo de estacionamiento de vehículos en la vía pública. Del estacionamiento tarifado.

Articulo R.424.108.8

Los vehículos acreditados ante esta Intendencia, para el uso de los servicios de prensa e información de los medios de difusión debidamente identificados, podrán estacionar en toda la zona de estacionamiento tarifado. Los medios de prensa con asiento en Montevideo sólo podrán acceder al beneficio con vehículos empadronados en Montevideo. Los medios de prensa con asiento en el interior del país, podrán acceder al beneficio con vehículos empadronados en el interior del país.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:65068
ReferenciaVolumen V Tránsito y Transporte
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A65068