Volver a Normativa Montevideo
Normativa Montevideo
Artículo R.424.110.16
Volumen V Tránsito y Transporte · Volumen V Tránsito y Transporte
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos1741
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen V Tránsito y Transporte, art. R.424.110.16
Articulo R.424.110.16
(Obligaciones de la empresa contratante del servicio de volqueta). El transportista que retire una volqueta, será responsable de dejar el área limpia de cualquier tipo de residuos, en un radio de 5 metros alrededor de la misma.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:65068
ReferenciaVolumen V Tránsito y Transporte
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A65068