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Normativa Montevideo

Artículo R.424.110.18

Volumen V Tránsito y Transporte · Volumen V Tránsito y Transporte

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos1741
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen V Tránsito y Transporte, art. R.424.110.18

Tránsito y Transporte / Del tránsito público / Reglamentaria / De las limitaciones y prohibiciones de estacionar / De las volquetas

Articulo R.424.110.18

(Sanciones). Además de las sanciones previstas en el Artículo D.1928.14 del Libro VI De la Higiene y Asistencia Social del Título IV De la Higiene y Limpieza Públicas del Capítulo I De la Limpieza Pública, Sección V Del Registro Único Obligatorio de empresas habilitadas para el transporte de residuos Parte Legislativa del Volumen VI del Digesto Departamental, se podrá retirar la o las volquetas que se hallen en infracción procediendo a su depósito, siendo de cargo de la empresa propietaria los gastos generados por dicha operación.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:65068
ReferenciaVolumen V Tránsito y Transporte
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A65068