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Normativa Montevideo
Artículo R.424.156.18
Volumen V Tránsito y Transporte · Volumen V Tránsito y Transporte
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos1741
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen V Tránsito y Transporte, art. R.424.156.18
Articulo R.424.156.18
Las empresas autorizadas a realizar inspección técnica, deberán presentar mensualmente, ante la División Tránsito y Transporte, un informe detallado de toda la actividad desarrollada en dicho período y del estado de las maquinarias, el cual deberá estar refrendado por el Ingeniero Industrial, asimismo deberán acompañar a dicho informe, constancia de estar al día con las obligaciones de carácter fiscal, laboral y de previsión social.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:65068
ReferenciaVolumen V Tránsito y Transporte
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A65068